Publicación 947(SP) (02/2018), Cómo Ejercer ante el Servicio de Impuestos Internos (IRS) y el Poder Legal

Revisado: Febrero 2018


Publicación 947(SP) - Material Introductorio

Acontecimientos Futuros

Para obtener la información más reciente sobre los acontecimientos relacionados con la Publicación 947(SP), como la legislación promulgada luego de que esta se publicó, visite IRS.gov/Pub947SP.

Qué Hay de Nuevo

Proveedores intermediarios de servicios. Se agregó una casilla de verificación en la línea 5a del Formulario 2848(SP), Poder Legal y Declaración del Representante, para que los contribuyentes puedan autorizar que los representantes designados accedan a los registros del contribuyente del Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) mediante un proveedor intermediario de servicios. Para obtener más información, consulte la sección Autoridad para acceder a los archivos electrónicos en el IRS por medio de proveedores intermediarios de servicios, en las Instrucciones para el Formulario 2848(SP).

Representantes de sociedad colectiva. Para los años tributarios de sociedad colectiva que inicien después del 31 de diciembre de 2017, conforme a la Bipartisan Budget Act of 2015 (Ley de Presupuesto Bipartita de 2015) se eliminó la función de "socio de asuntos tributarios" y se remplazó por "representante de sociedad colectiva". Para obtener más información, consulte la sección Representante de sociedad colectiva en las Instrucciones para el Formulario 2848(SP).

Designaciones de representantes. Se cambió la designación "abogado estudiante" o "contador público autorizado (CPA) estudiante" a "estudiante calificado".

Alerta de autenticación. Cuando un representante con un poder legal llama al IRS en nombre de usted, éste debe aprobar los procedimientos de autenticación antes de que el IRS le comunique su información tributaria.

Recordatorios

Practitioner Priority Service® (Servicio prioritario para profesionales o PPS, por sus siglas en inglés). El Practitioner Priority Service® (Servicio prioritario para profesionales o PPS, por sus siglas en inglés) es una línea directa nacional libre de cargos que brinda apoyo para profesionales en ejercicio con preguntas relativas a cuentas. El número telefónico libre de cargos de este servicio es 866-860-4259.

Programa Anual de la Temporada Tributaria y directorio de preparadores de declaraciones de impuestos federales. El Programa Anual de la Temporada Tributaria (AFSP, por sus siglas en inglés) es un programa voluntario en virtud del cual se conceden derechos de ejercicio limitados a los preparadores de declaraciones que no sean abogados, contadores públicos autorizados ni agentes registrados. El IRS emite un registro de cumplimiento del Programa Anual de la Temporada Tributaria para los preparadores de declaraciones que obtengan una cierta cantidad de horas de educación continua a los fines de prepararse para un año tributario en particular. Los participantes del Programa Anual de la Temporada Tributaria no disponen de derechos de ejercicio ilimitados (a menos que también sean abogados, contadores públicos autorizados o agentes registrados). Sus derechos se limitan a la representación de clientes cuyas declaraciones hayan preparado y firmado, pero únicamente ante inspectores de impuestos, representantes de servicio al cliente y empleados del IRS, lo que incluye el Servicio del Defensor del Contribuyente. No pueden representar a clientes cuyas declaraciones no hayan preparado o firmado ni pueden representarlos con anterioridad a las funciones de cobro o apelación. Consulte IRS.gov/es/Tax-Professionals/Annual-Filing-Season-Program, en inglés, para obtener más información sobre el AFSP. Consulte IRS.Treasury.gov/rpo, en inglés, para obtener una base de datos con buscador de preparadores de declaraciones de impuestos que tienen un número de identificación tributaria del preparador remunerado (PTIN, por sus siglas en inglés) y que poseen credenciales profesionales reconocidas por el IRS o un registro de cumplimiento del Programa Anual de la Temporada Tributaria.

Introduction

En esta publicación, se analiza quién puede representar a un contribuyente ante el IRS y qué formularios o documentos se emplean a los fines de autorizar a una persona para que represente a un contribuyente. A menudo, los abogados, los contadores públicos autorizados (CPA) y los agentes registrados pueden representar a los contribuyentes ante el IRS. Los agentes registrados de planes de jubilación y los actuarios registrados pueden ofrecer representación con respecto a las secciones del Código de Impuestos Internos especificadas en la Circular 230, en inglés. En circunstancias particulares y limitadas, otras personas, incluidos preparadores de declaraciones, familiares, empleados y estudiantes no registrados, pueden representar a contribuyentes ante el IRS. Para obtener más información sobre la representación de los contribuyentes, consulte la sección ¿Quién puede ejercer ante el IRS? a continuación.

Definiciones.

Muchos de los términos que se usan en esta publicación, como "agente registrado" y "profesional" se definen en el Glosario, que se encuentra al final de esta publicación.

Comentarios y sugerencias.

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Tax Forms and Publications
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Pedido de formularios y publicaciones.

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Preguntas sobre impuestos.

Si tiene una pregunta sobre impuestos que no se haya respondido en esta publicación, visite IRS.gov y Cómo Obtener Ayuda con los Impuestos al final de esta publicación.

Useful Items - You may want to see:

Publicación

  • 1SP Derechos del Contribuyente

  • Circular 230 Regulations Governing Practice before the Internal Revenue Service (Reglamentos que rigen el ejercicio ante el Servicio de Impuestos Internos), en inglés

Formulario (e instrucciones)

  • 2848 (SP) Poder Legal y Declaración del Representante

  • 8821 Tax Information Authorization (Autorización para recibir información tributaria), en inglés

Publicación 947(SP) - Contenido Principal

El Ejercicio Ante el IRS

La Oficina de Responsabilidad Profesional, por lo general, es responsable de los asuntos que guarden relación con la conducta del profesional y la responsabilidad exclusiva de la disciplina, lo que incluye la aplicación de procedimientos disciplinares y sanciones. La Oficina del Preparador de Declaraciones es responsable de los asuntos que guarden relación con la emisión de los PTIN; procesa solicitudes de registro y administra las pruebas de aptitud y la educación continua para grupos designados.

¿Qué es el ejercicio ante el IRS?

Conforme a la Circular 230, en inglés, se cubren todos los asuntos relacionados con lo siguiente.

  • Comunicarse con el IRS en nombre de un contribuyente sobre los derechos, privilegios u obligaciones de este en virtud de las leyes y los reglamentos administrados por el IRS.

  • Representar a un contribuyente en conferencias, audiencias o reuniones con el IRS.

  • Preparar, presentar o enviar documentos o asesorar sobre la preparación, la presentación o el envío de documentos, incluidas las declaraciones de impuestos, ante el IRS en nombre de un contribuyente.

  • Brindar a un determinado cliente asesoramiento tributario por escrito sobre uno o más asuntos tributarios federales.

Cualquier persona puede, a los fines de la remuneración, preparar o ayudar con la preparación de una declaración de impuestos, reclamar un reembolso, comparecer como testigo para un contribuyente ante el IRS o proporcionar información a solicitud de tal entidad o cualquiera de sus funcionarios o empleados.

¿Quién puede ejercer ante el IRS?

Las siguientes personas están sujetas a los reglamentos estipulados en la Circular 230, en inglés. Sin embargo, toda persona que esté generalmente autorizada a ejercer (un representante reconocido) debe designarse como representante del contribuyente y presentar una declaración por escrito ante el IRS en donde se consigne que dicha persona está autorizada y calificada para representar a un contribuyente en particular. El Formulario 2848(SP) puede usarse a tales fines.

Tasadores.

Toda persona que prepare tasaciones que justifiquen la valuación de bienes en relación con uno o más asuntos tributarios federales está sujeta a los reglamentos dispuestos en la Circular 230, en inglés. Los tasadores no tienen derechos de representación, pero pueden comparecer como testigos en nombre de los contribuyentes.

Abogados.

Todo abogado que no se encuentre actualmente suspendido ni inhabilitado (desaforado) para ejercer ante el IRS y que sea miembro regular del colegio de abogados del tribunal supremo de cualquier estado, posesión, territorio o mancomunidad de los Estados Unidos o que pertenezca al Distrito de Columbia puede ejercer ante el IRS.

Contadores públicos autorizados (CPA).

Todo CPA que no se encuentre actualmente suspendido ni inhabilitado (desaforado) para ejercer ante el IRS o que esté debidamente calificado para ejercer en calidad de CPA en cualquier estado, posesión, territorio o mancomunidad de los estados Unidos, o en el Distrito de Columbia puede ejercer ante el IRS.

Agentes registrados.

Todo agente registrado en condición activa que no esté actualmente suspendido ni inhabilitado (desaforado) para ejercer ante el IRS puede ejercer ante esta entidad.

Agentes registrados de planes de jubilación.

Todo agente registrado de planes de jubilación en condición activa que no esté actualmente suspendido ni inhabilitado para ejercer ante el IRS puede ejercer ante esta entidad. El ejercicio de los agentes registrados de planes de jubilación se limita a determinadas secciones del Código de Impuestos Internos que se asocien a su área del conocimiento, en particular a aquellas secciones conforme a las cuales se rigen los planes de jubilación de empleados.

Actuarios registrados.

Toda persona que se inscriba en calidad de actuario a través de la Junta Colectiva para el Registro de Actuarios y que no esté actualmente suspendida ni inhabilitada para ejercer ante el IRS puede ejercer ante esta entidad. El ejercicio de los actuarios registrados se limita a determinadas secciones del Código de Impuestos Internos que se asocien con su área del conocimiento, en particular a aquellas secciones conforme a las cuales se rigen los planes de jubilación de empleados.

Estudiantes pasantes del Taller para Contribuyentes de Bajos Ingresos.

En ciertas circunstancias, un estudiante que esté bajo la supervisión de un profesional en ejercicio en el programa de alguna facultad de derecho o equivalente mediante el cual se presten servicios tributarios para contribuyentes de bajos ingresos puede solicitar autorización para representar a un contribuyente ante el IRS. Para obtener más información, consulte la sección Autorización para comparecencias especiales más adelante.

Preparadores de declaraciones no registrados.

Un preparador de declaraciones no registrado es una persona que no es abogado, CPA, agente registrado, agente registrado de planes de jubilación ni actuario registrado y que prepara y firma la declaración de un contribuyente en calidad de preparador remunerado o que prepara una declaración, pero no se ve obligado (conforme a las instrucciones de la declaración o reglamentos) a firmarla.

Los preparadores de declaraciones no registrados pueden representar a los contribuyentes únicamente ante inspectores de impuestos, representantes de servicio al cliente o funcionarios y empleados similares del IRS (incluido el Servicio del Defensor del Contribuyente) y solo durante una revisión de las declaraciones de impuestos que hayan preparado y firmado con anterioridad al 31 de diciembre de 2015. Estos preparadores no pueden representar a los contribuyentes ante funcionarios de apelaciones, funcionarios de cobro de impuestos, asesores o funcionarios similares ni empleados del IRS o del Departamento del Tesoro. Además, no pueden celebrar acuerdos de cierre, prorrogar el período legal para las determinaciones o la recaudación de impuestos, firmar renuncias voluntarias ni firmar ningún documento en nombre de un contribuyente.

Si un preparador de tal índole no cumple con los requisitos para una representación limitada, usted puede autorizarlo a que inspeccione o solicite su información tributaria presentando el Formulario 8821, Tax Information Authorization (Autorización para recibir información tributaria), en inglés. Completar este formulario no autorizará a que el preparador lo represente ante el IRS. Para obtener más información, consulte el Formulario 8821 y sus instrucciones por separado, ambos disponibles en inglés.

Registro de cumplimiento del Programa Anual de la Temporada Tributaria. Únicamente los preparadores de declaraciones no registrados que dispongan de un PTIN válido y que tengan un registro de cumplimiento TANTO para el año de declaración de impuestos (2015 o posterior) sujeto a una revisión como para el año en que se realice esa revisión pueden ejercer la representación conforme las siguientes condiciones: los preparadores de declaraciones no registrados que cuenten con los registros de cumplimiento necesarios pueden representar a los contribuyentes solo ante inspectores de impuestos, representantes de servicio al cliente o funcionarios y empleados similares del IRS (incluido el Servicio del Defensor del Contribuyente) y únicamente durante la revisión del año o período tributario que cubra las declaraciones de impuestos que ellos hayan preparado y firmado. Estos preparadores no pueden representar a los contribuyentes, independientemente de las circunstancias para las cuales se exija la representación, ante funcionarios de apelaciones, funcionarios de cobro de impuestos, asesores o funcionarios similares ni empleados del IRS o del Departamento del Tesoro. Además, no pueden celebrar acuerdos de cierre, prorrogar el período legal para las determinaciones o el cobro de impuestos, firmar renuncias voluntarias ni firmar ningún documento en nombre de un contribuyente.

Si un preparador de tal índole no cumple con los requisitos para una representación limitada, usted puede autorizarlo a que inspeccione o solicite su información tributaria presentando el Formulario 8821, en inglés. Completar este formulario no autorizará a que el preparador lo represente ante el personal del IRS. Para obtener más información, consulte el Formulario 8821 y sus instrucciones por separado, ambos en inglés.

Ejercicio rechazado.

Toda persona que participe de un ejercicio limitado ante el IRS y que esté involucrada en una conducta de mala reputación se encuentra sujeta a medidas disciplinarias. La conducta de mala reputación incluye, entre otros, la lista de ejemplos en Incompetencia y conducta de mala reputación, más adelante, en la sección ¿Cuáles son las normas para el ejercicio?.

Otras personas que pueden desempeñarse en calidad de representantes.

Debido a su relación especial con un contribuyente, las siguientes personas pueden representar a los contribuyentes especificados ante el IRS, con la condición de que presenten una identificación satisfactoria y, salvo en el caso de una persona descrita en (1) a continuación, una prueba de autoridad para representar al contribuyente.

  1. Una persona. Una persona puede representarse a sí misma ante el IRS y no tiene que presentar una declaración escrita de calificación y autoridad.

  2. Un miembro de la familia. Una persona puede representar a miembros de su familia inmediata. La familia inmediata puede ser un cónyuge, hijo, hija, padre, madre, hermano o hermana de la persona.

  3. Un funcionario. Un funcionario bona fide de una sociedad anónima (lo que incluye una empresa matriz, subsidiaria u otra sociedad anónima afiliada), asociación o grupo organizado puede representar a alguna de estas tres entidades. Un funcionario de una unidad, autoridad o un organismo gubernamental, en el curso de sus obligaciones oficiales, puede representar a dichas entidades ante el IRS.

  4. Un socio. Un socio general puede representar a una sociedad colectiva ante el IRS.

  5. Un empleado. Un empleado a tiempo completo regular puede representar a su empleador. Un empleador puede ser, entre otros, cualquier persona, sociedad colectiva, sociedad anónima (por ejemplo, una empresa matriz, subsidiaria u otra sociedad anónima afiliada), asociación, fideicomiso, sindicatura, tutela, patrimonio, grupo organizado o unidad, organismo o autoridad gubernamental.

  6. Un fiduciario. Un fiduciario (fideicomisario, albacea, representante personal, administrador, síndico o tutor) se encuentra en la posición de contribuyente y actúa en calidad de tal y no como representante. Consulte Fiduciario en la sección ¿Cuándo no se exige un poder legal?, más adelante.

 

Representación fuera de los Estados Unidos

Cualquier persona puede representar a otra o bien a una entidad que se encuentre fuera de los Estados Unidos, ante el personal del IRS al momento en que dicha representación también se produzca fuera de este país. Refiérase a la sección 10.7(c)(1)(vii) de la Circular 230, en inglés.

Autorización para comparecencias especiales

El Comisionado de Impuestos Internos, o delegado, puede autorizar a una persona que, de otra manera, no sea elegible para ejercer ante el IRS a representar a otra para un asunto en particular. El posible representante debe solicitar esta autorización por escrito a la Oficina de Responsabilidad Profesional. Sin embargo, se otorga únicamente cuando existen circunstancias extremadamente convincentes. Si se otorga, el Comisionado, o delegado, emitirá una carta que detalle las condiciones relativas a la comparecencia y a los asuntos tributarios particulares para los cuales se otorgue la autorización.

La carta de autorización no debe confundirse con una carta de un centro del IRS mediante la cual se informe a una persona que se le ha asignado un número en el Archivo Centralizado de Autorizaciones (CAF, por sus siglas en inglés). La emisión de un número CAF no indica que se reconozca o autorice a una persona a ejercer ante el IRS. Simplemente confirma que se ha establecido un archivo centralizado de autorizaciones para la persona con ese número.

Estudiantes en un LITC o el STCP.

Un estudiante que trabaje en un Taller para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por sus siglas en inglés) o un Programa de Talleres Tributarios para Estudiantes (STCP, por sus siglas en inglés) debe recibir permiso para representar a los contribuyentes ante el IRS en virtud de su condición de estudiante de derecho, administración de empresas o contabilidad. Las solicitudes de autorización deben enviarse al Servicio del Defensor del Contribuyente. Si se otorga la autorización, se emitirá una carta conforme a la cual se autorice la presentación especial del estudiante y se detalle cualquier condición relacionada con la presentación. Los estudiantes que reciben una carta de autorización, generalmente, pueden representar a los contribuyentes para cualquier función u ante cualquier oficina del IRS con sujeción a las condiciones estipuladas en la carta de autorización y deben estar bajo la supervisión directa de una persona autorizada a los fines de ejercer ante la mencionada institución. Si pretende que un estudiante lo represente, revise la carta de autorización y consulte con el estudiante, el supervisor del estudiante o el Servicio del Defensor del Contribuyente si tiene preguntas sobre los términos de la autorización.

¿Quién no puede ejercer ante el IRS?

Por lo general, las personas que no sean elegibles, o que hayan perdido el privilegio como consecuencia de ciertas acciones, no pueden ejercer ante el IRS. Si una persona pierde la elegibilidad para ejercer, el IRS no reconocerá un poder legal en virtud del cual se le nombre como representante.

Sociedades anónimas, asociaciones, sociedades colectivas y otras personas que no sean personas físicas.

Estas organizaciones (o personas) no son elegibles para ejercer ante el IRS.

Pérdida de elegibilidad

Por lo general, las personas pierden su elegibilidad para ejercer ante el IRS de las siguientes maneras:

  • No cumplen con los requisitos para la renovación de la inscripción (como la educación profesional continua).

  • Solicitan, en calidad de agentes registrados, figurar en condición de jubilación inactiva.

  • La Oficina de Responsabilidad Profesional las suspende o inhabilita o determina que no son elegibles para el ejercicio por haber violado los reglamentos dispuestos conforme a la Circular 230, en inglés, o las normas del Procedimiento Administrativo Tributario 81-38, en inglés.

  • Pierden la licencia estatal para ejercer como abogados o contadores públicos autorizados, independientemente de la base para la revocación de la licencia.

 

Incumplimiento de los requisitos.

El IRS notificará a las personas registradas y a los titulares del registro de cumplimiento del Programa Anual de la Temporada Tributaria (AFSP, por sus siglas en inglés) que no cumplan con los requisitos de elegibilidad para la renovación. En el aviso, se explicará el motivo de la inelegibilidad y se brindará a la persona una oportunidad con plazos estrictos para proporcionar información para su reconsideración.

Lista de inactivos.

Una persona registrada estará en la lista de personas registradas inactivas durante un período de tres años, si esta:

  • No responde oportunamente al aviso de incumplimiento de los requisitos de renovación.

  • No presenta la solicitud de renovación a tiempo.

  • No cumple los requisitos de renovación.

La persona registrada debe presentar una solicitud de renovación en un plazo de 3 años y cumplir con todos los requisitos para la renovación con posterioridad a haber empezado a figurar en condición inactiva. De lo contrario, al finalizar el próximo ciclo de renovación, se la retirará de la lista y se cancelará la condición de la inscripción.

Condición de jubilación inactiva.

Las personas registradas que soliciten figurar en condición de jubilación inactiva no serán elegibles para ejercer ante el IRS. Deben seguir cumpliendo con todos los requisitos de renovación. Pueden volver a establecerse en la condición de inscripción activa presentando una solicitud de renovación y exhibiendo pruebas de que han completado las horas de educación profesional continua exigidas para el ciclo de inscripción.

Suspensión e inhabilitación.

Todas las personas que ejercen ante el IRS están sujetas a procedimientos disciplinarios y son susceptibles a censuras, suspensiones, inhabilitaciones o sanciones económicas por trasgredir cualquiera de los reglamentos estipulados en Circular 230, en inglés. Esto incluye participar de actos que demuestren incompetencia o conducta de mala reputación. Para obtener más información, consulte Incompetencia y conducta de mala reputación bajo la sección ¿Cuáles son las normas para el ejercicio?, más adelante.

Los profesionales que estén suspendidos o inhabilitados en el marco de un procedimiento disciplinario no pueden representar a los contribuyentes ante el IRS durante el período de suspensión o inhabilitación. Un profesional puede solicitar la reincorporación ante la Oficina de Responsabilidad Profesional en un período específico de suspensión o con posterioridad a cinco años de inhabilitación, lo que suceda antes. Vea ¿Qué es el ejercicio ante el IRS?, anteriormente.

Si el profesional en ejercicio solicita la reincorporación, no podrá ejercer ante el IRS hasta que la Oficina de Responsabilidad Profesional otorgue dicha reincorporación. La Oficina de Responsabilidad Profesional puede reincorporar al profesional en ejercicio:

  • Si, mediante su conducta futura, este no es susceptible de violar los reglamentos.

  • Si otorgar la reincorporación no va en contra del interés público.

  • Sujeto a otras condiciones por un período razonable.

 

¿Cómo se registra una persona?

El sitio web del IRS IRS.gov/Tax-Professionals/Enrolled-Agents/Become-an-Enrolled-Agent, en inglés, proporciona información completa sobre qué pasos debe seguir para convertirse en un agente registrado.

Para conocer las normas completas sobre cómo obtener un registro de cumplimiento del Programa Anual de la Temporada Tributaria, visite IRS.gov/Tax-Professionals/General-Requirements-for-the-Annual-Filing-Season-Program-Record-of-Completion, en inglés.

¿Cuáles son las normas para el ejercicio?

Las normas que rigen el ejercicio ante el IRS están publicadas en la parte 10, subtítulo A, sección 31, del Código de Reglamentos Federales y se publican en línea como la Circular 230, en inglés, del Departamento del Tesoro. Se puede acceder a los reglamentos en IRS.gov/Tax-Professionals/Circular-230-Tax-Professionals, en inglés. Un abogado, CPA, agente registrado, agente de registrado de planes de jubilación o actuario registrado con autorización para ejercer ante el IRS (denominado, de aquí en adelante, el profesional (en ejercicio) y un tasador tienen el deber de realizar ciertos actos y se ven restringidos para realizar otros actos. Asimismo, el profesional (en ejercicio) no puede estar involucrado en una conducta de mala reputación (lo cual se estipula más adelante). Los profesionales (en ejercicio) que no cumplan con las normas para el ejercicio o que se vean involucrados en una conducta incompetente o de mala reputación se encuentran sujetos a medidas disciplinarias. Además, los preparadores de declaraciones no registrados deben cumplir con las normas para el ejercicio y la conducta a los fines de tener el privilegio de realizar un ejercicio limitado ante el IRS. Existen dos conjuntos específicos de normas que se aplican, ambos establecidos de conformidad con la Circular 230:

  1. Deberes y restricciones para la práctica (subparte B de la Circular 230, en inglés).

  2. Conducta considerada como fuente de incompetencia o mala reputación (sección 10.51, subparte C de la Circular 230, en inglés).

 

Deberes y restricciones

Las personas sujetas a la Circular 230 deben presentar, sin demora, los registros o la información ante la solicitud pertinente y legal de los funcionarios o empleados del IRS, excepto al momento en que el profesional en ejercicio crea, con fundamento razonable y de buena fe, que la información sea privilegiada. Las comunicaciones sobre el asesoramiento tributario entre el profesional en ejercicio a nivel tributario con autorización del gobierno federal (consulte la sección 7525 del Código de Impuestos Internos (IRC, por sus siglas en inglés)) y un contribuyente, generalmente, son confidenciales en la misma medida en que la comunicación sería privilegiada si fuera entre un contribuyente y un abogado en caso de que el asesoramiento guardase relación con lo siguiente:

  • Asuntos tributarios que no sean de índole penal ante el IRS; o

  • Procedimientos fiscales que no sean de índole penal y que los Estados Unidos interponga en un tribunal federal o que se presenten contra este país.

 

Comunicaciones sobre los refugios tributarios para las sociedades.

Esta protección para las comunicaciones de asesoramiento tributario no se aplica a las comunicaciones escritas entre un profesional en ejercicio a nivel tributario con autorización federal ni a ninguna otra persona, lo que incluye a un director, accionista, funcionario, empleado, agente o representante de una sociedad anónima si la comunicación involucra la promoción de participación directa o indirecta de tal sociedad en cualquier refugio tributario.

Deber de informar.

Una persona conforme a la Circular 230 que tenga conocimiento de que su cliente no haya cumplido con las leyes de ingresos o haya cometido un error u omisión en cualquier declaración, documento, declaración jurada o demás documentos exigidos, tiene la responsabilidad de informar al cliente de inmediato sobre el incumplimiento, el error o la omisión, y las consecuencias que de allí se desprendan.

Diligencia debida general.

Las personas sujetas a la Circular 230, en inglés, deben ejercer la diligencia debida al momento de realizar las siguientes tareas:

  • Preparar o brindar asistencia para la preparación, aprobación y presentación de declaraciones, documentos, declaraciones juradas y demás documentos que guarden relación con asuntos del IRS.

  • Determinar la exactitud de las representaciones verbales o escritas que dicha persona haya realizado ante el Departamento del Tesoro.

  • Determinar la exactitud de las representaciones verbales o escritas que esta persona haya realizado a los clientes con referencia a cualquier asunto administrado por intermedio del IRS.

 

Dependencia de terceros.

La presunción de que se ha ejercido la diligencia debida se aplicará en situaciones en las que se haya dependido del producto del trabajo de otra persona si, de forma razonablemente cautelosa, se involucró, supervisó, capacitó y evaluó a la persona, teniendo en cuenta la naturaleza de la relación entre la persona conforme a la Circular 230 y la persona.

Demoras.

Las personas conformes a la Circular 230 no deben demorar, de manera no razonable, la pronta resolución de cualquier asunto ante el IRS.

Asistencia de personas inhabilitadas o suspendidas y ex empleados del IRS.

Las personas conformes a la Circular 230 no deben hacer lo siguiente a sabiendas, directa o indirectamente:

  • Asistir o aceptar asistencia de cualquier persona que se encuentre inhabilitada (desaforada) o suspendida para el ejercicio ante el IRS si la asistencia se relaciona con asuntos que se consideren como ejercicio ante la mencionada institución.

  • Aceptar asistencia de cualquier ex empleado del gobierno que provoque la violación de las disposiciones de la Circular 230, en inglés, o demás leyes federales.

 

Desempeño en calidad de notario.

Las personas conformes a la Circular 230 no pueden tomar acuses de recibo, administrar juramentos, certificar documentos ni realizar demás actos oficiales en calidad de notario público con respecto a los asuntos que administre el IRS y para los cuales se les haya empleado como letrados, abogados o agentes, o en las que pudieran tener interés de alguna manera.

Negociación de cheques de reembolso de contribuyentes.

Las personas conformes a la Circular 230 no pueden endosar ni, de otro modo, negociar ningún cheque (lo que incluye dirigir o aceptar el pago por cualquier medio, electrónico o de otro tipo, en una cuenta que posea o controle el profesional en ejercicio, o una empresa u otra entidad con la cual dicho sujeto esté asociado) que el gobierno le haya emitido a un cliente respecto de una obligación tributaria federal.

Incompetencia y conducta de mala reputación

Las personas conformes a la Circular 230 pueden ser inhabilitadas (desaforadas) o suspendidas para el ejercicio ante el IRS, o censuradas, por incompetencia o conducta de mala reputación. Se puede imponer una multa monetaria, además de cualquier otra disciplina, tanto a las personas como a sus empresas. En la siguiente lista, se ilustran ejemplos de conducta que se considera de mala reputación. Otros ejemplos figuran en la sección 10.51(a) de la Circular 230, en inglés.

  • Ser condenado por cualquier delito en virtud de las leyes de impuestos internos o por cualquier delito que implique deshonestidad o abuso de confianza.

  • Dar, a sabiendas, información falsa o engañosa que guarde relación con asuntos tributarios federales o participar en dicha actividad.

  • Solicitar empleo por medios prohibidos, como se estipula en la sección 10.30 de la Circular 230, en inglés.

  • No presentar, intencionalmente, una declaración de impuestos federales, evadir o intentar evadir cualquier impuesto o pago federal, o bien participar en tales acciones.

  • La apropiación indebida, o la falta de remisión adecuada y puntual, de los fondos que se reciban de los clientes para un pago de impuestos u otras obligaciones que se adeude a los Estados Unidos.

  • Intentar directa o indirectamente influenciar la acción oficial de los empleados del IRS mediante el uso de amenazas, acusaciones falsas, coacción o coerción, u ofreciendo obsequios, favores o cualquier incentivo especial.

  • Ser inhabilitado (desaforado) o suspendido para el ejercicio como abogado, CPA, contador público o actuario, por el Distrito de Columbia o cualquier estado, posesión, territorio, mancomunidad o cualquier tribunal federal, o cualquier agencia, organismo o junta federales de los Estados Unidos.

  • A sabiendas, ayudar e incitar a otra persona a ejercer ante el IRS durante un período de suspensión, inhabilitación o inelegibilidad de esa otra persona.

  • Usar lenguaje ofensivo, hacer acusaciones o declaraciones falsas sabiendo que son falsas, circular o publicar asuntos maliciosos o difamatorios, o bien participar en cualquier conducta despectiva en relación con el ejercicio ante el IRS.

  • Dar una falsa opinión a sabiendas, imprudentemente o por incompetencia grave o participar en un patrón de proporcionar opiniones incompetentes sobre las preguntas que surgen en virtud de las leyes sobre impuestos federales.

 

Censura, inhabilitaciones y suspensiones

El secretario del Tesoro, o delegado, con posterioridad al aviso y a la oportunidad de un procedimiento, puede censurar, suspender o inhabilitar a una persona conforme a la Circular 230 para el ejercicio ante el IRS si se demuestra que esta no es competente ni tiene buena reputación, no cumple con los reglamentos en la subparte B o bien, con la intención de estafar, intencionalmente y a sabiendas, engaña o amenaza a un cliente o posible cliente.

La censura es una reprimenda pública. Las personas conformes a la Circular 230 pueden ser abogados, contadores públicos autorizados, agentes registrados, agentes registrados de planes de jubilación o actuarios registrados que participen en la representación del contribuyente o en actividades de asesoramiento, así como los titulares del registro de cumplimiento del Programa Anual de la Temporada Tributaria que representen a los contribuyentes y los tasadores dedicados a tasar los valores de los bienes a los efectos de los impuestos federales.

Autorización De un Representante

Puede representarse a usted mismo o autorizar a que una persona lo represente ante el IRS. Si elige que un tercero lo represente, su representante debe ser una persona elegible para proceder como tal ante el IRS. Refiérase a ¿Quién puede ejercer ante el IRS?, anteriormente.

¿Qué es un poder legal?

Un poder legal es su autorización escrita a los fines de que una persona reciba su información tributaria confidencial del IRS y realice ciertas acciones en su nombre. Si dicha autorización no está limitada, la persona, generalmente, puede realizar todos los actos que usted puede realizar, excepto negociar o endosar un cheque. Es limitada la facultad que se les otorga a los agentes de planes de jubilación registrados, actuarios registrados y preparadores de declaraciones no registrados que sean titulares de registros de cumplimiento. Para obtener información sobre los límites a los titulares del registro de cumplimiento del Programa Anual de la Temporada Tributaria, consulte el Procedimiento Administrativo Tributario 2014-42 y IRS.gov/Tax-Professionals/Return-Preparer-Office-RPO-At-a-Glance, ambos en inglés.

Actos permitidos.

Los abogados, contadores públicos autorizados y agentes registrados pueden realizar los siguientes actos:

  1. Representarlo ante cualquier oficina o empleado del IRS.

  2. Firmar una oferta o una dispensa de restricción para la determinación o recaudación de una deficiencia tributaria o una dispensa de aviso de rechazo a una reclamación para un crédito o reembolso.

  3. Firmar un consentimiento para prorrogar el período legal para la determinación o el cobro de un impuesto.

  4. Firmar un acuerdo de cierre.

 

Firmar su declaración.

El representante a quien se nombre en virtud de un poder legal no tiene permitido firmar su declaración de impuestos sobre los ingresos salvo en los siguientes casos:

  1. La firma está autorizada conforme al Código de Impuestos Internos y los reglamentos relacionados (consulte la sección 1.6012-1(a)(5) de los reglamentos) y

  2. Usted específicamente autoriza esto en el poder legal.

Por ejemplo, en el reglamento se permite que un representante firme la declaración suya si usted no puede firmarla debido a lo siguiente:

  • Enfermedad o lesión.

  • Ausencia continua de los Estados Unidos (incluido Puerto Rico) durante un período de, al menos, 60 días con anterioridad a la fecha que exija la ley para presentar la declaración.

  • Otro buen motivo si el IRS solicita y otorga un permiso específico.

Cuando un representante firma una declaración, esta debe estar acompañada de un poder legal (o una copia) conforme al cual usted lo autorice a firmarla. Para obtener más información, consulte las Instrucciones para el Formulario 2848(SP).

Limitación de sustitución o delegación.

Un representante reconocido puede sustituir o delegar la facultad conforme al poder legal a otro representante reconocido únicamente si usted autoriza tal acto específicamente en el poder legal.

Después de que se haya realizado una sustitución, únicamente se reconocerá como representante del contribuyente al representante a quien recién se haya reconocido. Si se ha realizado una delegación de poder, el IRS reconocerá tanto al representante original como al delegado para que lo representen.

Divulgación de declaraciones a un tercero.

Su representante no puede suscribir consentimientos con arreglo a los cuales se permita que el IRS divulgue la declaración de impuestos o la información sobre la declaración a un tercero, a menos que usted delegue específicamente esta facultad a su representante en la línea 5a del Formulario 2848(SP).

Invalidez o incompetencia.

Un poder legal, generalmente, se rescinde si usted queda incapacitado o incompetente.

Sin embargo, el poder legal puede continuar en el caso de su incapacidad o incompetencia si lo autoriza en la línea 5a denominada "Otros actos autorizados" del Formulario 2848(SP) y si su poder legal duradero no perteneciente al IRS cumple con todos los requisitos para que dicha institución lo acepte. Consulte la sección Poderes legales no pertenecientes al IRS , más adelante.

¿Cuándo se exige un poder legal?

Presente un poder legal cuando desee autorizar a una persona a recibir su información tributaria confidencial y a representarlo ante el IRS, ya sea que el representante realice o no cualquiera de los otros actos citados anteriormente en ¿Qué es un poder legal?.

La mayoría de las veces, se exige un poder legal cuando desea autorizar a que otra persona realice, al menos, uno de los siguientes actos en su nombre:

  1. Representarlo en una reunión con el IRS.

  2. Preparar y presentar una respuesta por escrito a una consulta del IRS.

 

Formulario exigido

Use el Formulario 2848(SP) para designar a un representante reconocido para que actúe en su nombre ante el IRS. Las personas reconocidas para representarlo ante el IRS figuran en la Parte II. Declaración del Representante del Formulario 2848(SP). Su representante debe completar esa parte del formulario.

Poderes legales no pertenecientes al IRS.

El IRS acepta aquellos poderes legales no pertenecientes al IRS, pero se debe adjuntar un Formulario 2848(SP) completo a fin de que el poder legal se ingrese en el sistema del Archivo Centralizado de Autorizaciones (CAF, por sus siglas en inglés). Para obtener más información, consulte Procesamiento de poderes legales no pertenecientes al IRS más adelante.

Si desea utilizar un documento que no sea el Formulario 2848(SP) para autorizar la representación, este debe incluir la siguiente información.

  • Su nombre y domicilio postal.

  • Su número de Seguro Social (o su número de identificación personal del contribuyente del IRS (ITIN, por sus siglas en inglés)) o número de identificación del empleador.

  • Su número de plan de empleado, si corresponde.

  • El nombre y la dirección postal de su(s) representante(s).

  • Los tipos de impuestos involucrados.

  • El número de formulario de impuestos federales.

  • El (Los) año(s) o período(s) específico(s) involucrado(s).

  • Para asuntos de impuestos sobre la herencia, la fecha de fallecimiento del difunto.

  • Una explicación clara de su intención sobre el alcance de la facultad otorgada a su(s) representante(s).

  • Su firma y la fecha.

Asimismo, debe adjuntar al poder legal no perteneciente al IRS una declaración por escrito firmada y fechada hecha por su representante. Esta declaración, que se conoce como la Declaración del Representante, se encuentra en la Parte II del Formulario 2848(SP). En la declaración se debe estipular lo siguiente:

  1. Actualmente, no estoy suspendido ni inhabilitado para ejercer ante el Servicio de Impuestos Internos o para demás ejercicios de mi profesión por intermedio de otra autoridad;

  2. Me encuentro sujeto a los reglamentos dispuestos en la Circular 230, en inglés, (parte 10, subtítulo A, sección 31 del Código de Reglamentos Federales) con sus enmiendas, en virtud del cual se rige el ejercicio ante el Servicio de Impuestos Internos;

  3. Estoy autorizado a representar al (a los) contribuyente(s) identificado(s) en el poder legal; y

  4. Actúo en calidad de (mención de la capacidad en que se lleva a cabo la representación, conforme se establece en la lista de representantes elegibles en la Parte II del Formulario 2848(SP)).

 

Información exigida incompleta.

El IRS no aceptará su poder legal no perteneciente al IRS si, en este, no se dispone toda la información mencionada anteriormente. Puede firmar y enviar un Formulario 2848(SP) completado o un nuevo poder legal no perteneciente al IRS en el que figure toda esta información. Si no puede firmar un documento de reemplazo aceptable, su apoderado puede perfeccionar (hacer que sea aceptable ante el IRS) su poder legal no perteneciente al IRS mediante el procedimiento que se describe a continuación.

Procedimiento para perfeccionar un poder legal no perteneciente al IRS.

Conforme a las siguientes condiciones, el apoderado nombrado en su poder legal no perteneciente al IRS puede firmar un Formulario 2848(SP) en su nombre.

  1. En virtud del poder legal original no perteneciente al IRS, se otorga facultad para gestionar asuntos de impuestos federales (por ejemplo, la facultad general de realizar cualquier acto).

  2. El apoderado adjunta una declaración (firmada bajo pena de perjurio) al Formulario 2848(SP) conforme a la cual se declara que el poder legal original no perteneciente al IRS es válido con arreglo a las leyes de la jurisdicción competente.

 

Ejemplo:

Juan Olmo, un contribuyente, firma un poder legal duradero no perteneciente al IRS en virtud del cual se nombra a su vecino y CPA, Eduardo Lara, como su apoderado. El poder legal le otorga a Eduardo la facultad de realizar todos los actos de cualquier índole en nombre de Juan. Sin embargo, en este no se estipula la información específica sobre los impuestos, tal como los tipos de impuestos o los números de formularios de impuestos.

Poco después de que Juan firma el poder, se le declara incompetente. Más tarde, surge un asunto tributario federal con respecto a una declaración del año anterior que presentó Juan. Eduardo intenta representar a Juan ante el IRS, pero se lo rechaza porque, en el poder legal duradero, no figura la información exigida.

Si Eduardo adjunta una declaración (firmada bajo pena de perjurio) conforme a la cual se establezca que el poder legal duradero es válido según las leyes de la jurisdicción competente, este puede firmar un Formulario 2848(SP) completado y presentarlo en nombre de Juan. Si Eduardo puede ejercer ante el IRS (consulte ¿Quién puede ejercer ante el IRS? anteriormente), puede nombrarse a él mismo como representante en el Formulario 2848(SP). De lo contrario, debe nombrar a otra persona que pueda ejercer ante el IRS.

Procesamiento de poderes legales no pertenecientes al IRS.

El IRS tiene un sistema de base de datos informático centralizado llamado sistema CAF. Este sistema contiene información sobre la facultad de los representantes de los contribuyentes. Por lo general, cuando envía un documento de poder legal al IRS, se procesa para su inclusión en el sistema CAF. El ingreso de su poder legal en el sistema CAF permite al personal del IRS, que no tenga una copia de su poder legal, verificar la facultad de su representante accediendo al CAF. Asimismo, le permite al IRS enviar automáticamente copias de avisos y demás comunicaciones del IRS a su representante si usted especifica que su representante debe recibirlas.

Puede ingresar su poder legal no perteneciente al IRS en el sistema CAF adjuntándolo a un Formulario 2848(SP) completado y enviándolo al IRS. No se le exige que coloque la firma; sin embargo, su apoderado debe firmar la Declaración del Representante (consulte la Parte II del Formulario 2848(SP)).

Preparación del formulario: consejos útiles

La preparación del Formulario 2848(SP) se ilustra con un ejemplo en la sección ¿Cómo lleno un Formulario 2848(SP)? más adelante. Sin embargo, la siguiente información también lo ayudará a preparar el formulario.

Consejos línea por línea.

Los siguientes consejos son resúmenes de algunas de las instrucciones línea por línea para el Formulario 2848(SP).

Línea 1: Información sobre el contribuyente.

Si se trata de una declaración conjunta, el esposo y la esposa deben presentar un Formulario 2848(SP) por separado si ambos desean que los representen, incluso si el representante es la misma persona. Si únicamente uno de los cónyuges desea que lo representen para un determinado asunto, ese es el cónyuge que presenta el formulario. Para las personas que sean contribuyentes menores de 18 años y no puedan firmar, el padre, la madre o el tutor con designación del tribunal de dicha persona (con documentos del tribunal) puede firmar en su nombre. Otras personas pueden firmar por el contribuyente si tienen un Formulario 2848(SP) que haya firmado el padre, la madre o el tutor con designación del tribunal y conforme al cual se las autorice a firmar en nombre del contribuyente.

Línea 2: El (Los) representante(s).

Únicamente puede nombrarse a personas físicas como representantes. Si a su representante no se le ha asignado un número CAF, ingrese "None" (Ninguno) en esa línea, y el IRS le emitirá uno a su representante. Si el domicilio o número de teléfono del representante ha cambiado a partir de la fecha en que se emitió el número de CAF, debe marcar la casilla correspondiente. Ingrese el número de fax de su representante si está disponible.

Si desea nombrar a más de cuatro representantes, adjunte los Formularios 2848(SP) adicionales. El IRS enviará copias de los avisos y las comunicaciones hasta a dos de sus representantes como máximo. Usted debe, sin embargo, marcar las casillas en la línea 2 del Formulario 2848(SP) si desea que el IRS envíe copias de los avisos y las comunicaciones a sus representantes periódicamente. Si no marca las casillas, sus representantes no recibirán estas copias de forma periódica.

Línea 3: Acciones autorizadas (asuntos tributarios).

Puede consignar el año o período actual y cualquier año o período tributario que ya haya finalizado a partir de la fecha en que firme el poder legal. Asimismo, puede indicar años o períodos tributarios futuros. Sin embargo, el IRS no registrará en el sistema CAF los años o períodos tributarios futuros consignados que superen los 3 años a partir del 31 de diciembre del año en que el IRS reciba el poder legal. No utilice referencias generales como "All years" (Todos los años), "All periods" (Todos los períodos) ni "All taxes" (Todos los impuestos). El IRS devolverá todo poder legal que tenga referencias generales.

Línea 4: Uso específico no registrado en el Archivo Centralizado de Autorizaciones (CAF).

Ciertos asuntos no pueden volver a registrarse en el sistema CAF. Los ejemplos para tales asuntos pueden ser, entre otros, los siguientes (una lista más detallada figura en las Instrucciones para el Formulario 2848(SP)):

  • Solicitudes de cartas privadas de resolución (fallos) o de asesoramiento técnico.

  • Solicitudes para un número de identificación del empleador (EIN, por sus siglas en inglés).

  • Reclamaciones presentadas en el Formulario 843, Claim for Refund and Request for Abatement (Reclamación para reembolso y reducción de impuestos), en inglés.

  • Disoluciones de sociedades anónimas.

  • Solicitudes para modificaciones al método de contabilidad.

  • Solicitudes para modificaciones al período contable.

  • Solicitudes para el reconocimiento de exención conforme a las secciones 501(c)(3), 501(a) o 521 (Formularios 1023, 1024 o 1028, en inglés).

  • Solicitud para determinar la condición de calificado de un plan de beneficios para empleados (Formularios 5300, 5307 o 5310, en inglés).

  • Solicitud de premio por información original conforme a la sección 7623.

  • Presentaciones voluntarias de conformidad con el Sistema de resolución para el cumplimiento de los planes para empleados (EPCRS, por sus siglas en inglés).

  • Solicitudes hechas conforme a la Freedom of Information Act (Ley de Libertad de Información o FOIA, por sus siglas en inglés).

Si el asunto tributario descrito en la línea 3 del Formulario 2848(SP) se refiere a uno de estos asuntos específicamente, marque la casilla en la línea 4. Si esta casilla está marcada, el representante debe enviar por correo postal o fax el poder legal a la oficina del IRS que gestione el asunto. De lo contrario, el representante debe traer una copia del poder legal a cada reunión con el IRS.

¿Dónde presentar un poder legal?

Por lo general, puede enviar por correo o por fax un Formulario 2848(SP) en papel directamente al IRS. Para determinar dónde debe presentar el Formulario 2848(SP), consulte la sección Dónde Se Presenta el Formulario, en las Instrucciones para el Formulario 2848(SP).

Si este formulario está destinado a un uso específico, envíelo por correo o fax a la oficina que está gestionando el asunto. Para obtener más información sobre los usos específicos, refiérase a Línea 4. Uso específico no registrado en el (CAF), en las Instrucciones para el Formulario 2848(SP).

Copias por FAX.

El IRS acepta copias de los poderes legales que se envíen mediante transmisión por facsímil (fax). Si elige presentar un poder legal por fax, asegúrese que la oficina del IRS correspondiente esté equipada para aceptar este tipo de transmisión.

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Su representante puede presentar el Formulario 2848(SP) electrónicamente a través del sitio web del IRS. Para obtener más información, su representante puede visitar IRS.gov/eServices, en inglés. Si completa el Formulario 2848(SP) para la autorización de la firma electrónica, no lo presente ante el IRS. En lugar de eso, entréguelo a su representante para que lo guarde.

Actualización de un poder legal.

Envíe toda actualización o modificación hecha a un poder legal existente por escrito. Se exige que coloque su firma (o la firma de las personas autorizadas para firmar en su nombre). Para este fin, envíe el Formulario 2848(SP) o un poder legal no perteneciente al IRS actualizado a las oficinas del IRS en donde haya enviado los originales previamente, incluido el centro de servicio a donde se haya presentado o se vaya a presentar la declaración relacionada.

Un representante reconocido puede sustituir o delegar la facultad si usted lo autoriza específicamente a sustituir o delegar la representación en el poder legal original. A los efectos de realizar una sustitución o delegación, el representante debe presentar los siguientes documentos en las oficinas del IRS a donde se haya presentado el poder legal:

  1. Una notificación por escrito de sustitución o delegación con la firma del representante reconocido.

  2. Una declaración por escrito del representante que haya hecho el nuevo representante.

  3. Una copia del poder legal en virtud del cual se autorice específicamente la sustitución o delegación.

 

Conservación o revocación de poderes legales previos

Conforme a un poder legal que se haya presentado hace poco y que guarde relación con el mismo asunto, se revocará un poder legal que se haya presentado antes. No obstante, no se revocará el poder legal anterior de acuerdo con un nuevo poder legal si, en este último, se declara específicamente que no se revocará dicho poder anterior y si se adjuntan alguno de los siguientes documentos al nuevo poder:

  • Una copia del poder legal anterior no revocado; o

  • Una declaración por escrito con la firma del contribuyente en la que se especifique el nombre y el domicilio de cada representante autorizado conforme al poder legal anterior no revocado.

 

Nota:

La presentación del Formulario 2848(SP) no revocará ningún Formulario 8821, en inglés, que esté vigente.

Revocación del poder legal y retiro del representante

Revocación del contribuyente.

Si desea revocar un poder legal que está en vigencia y no desea nombrar a un nuevo representante, tiene que escribir "REVOKE" (Revocar) en la parte superior de la primera página del Formulario 2848(SP) con la firma y la fecha actuales inmediatamente debajo de esta anotación. Después, debe enviar por correo o fax una copia del poder legal con la anotación sobre la revocación al IRS según se le indica en la tabla titulada Dónde Se Presenta el Formulario, en las Instrucciones para el Formulario 2848(SP), o, si el poder es para un asunto específico, a la oficina del IRS que gestione el asunto.

Si no tiene una copia del poder legal que desee revocar, debe enviar al IRS una declaración de revocación conforme a la cual se indique que se revocó la facultad del poder legal, se consignen los asuntos y años o períodos y se mencionen el nombre y el domicilio de cada representante reconocido cuya facultad se revoque. Debe firmar y fechar esta declaración. Si pretende revocar la facultad por completo, escriba "Remove all years/periods" (Eliminar todos los años/períodos) en lugar de especificar los asuntos específicos y los años o períodos.

Retiro del representante.

Si su representante desea retirarse de la representación, este debe escribir "WITHDRAW" (Retiro) en la parte superior de la primera página del Formulario 2848(SP) con la firma y la fecha actuales inmediatamente debajo de la anotación. Luego, el representante debe proporcionar una copia del poder legal con la anotación sobre el retiro al IRS del modo que se describe en la sección Revocación del contribuyente, anteriormente. Si su representante no dispone de una copia del poder legal que desee retirar, este debe enviarle al IRS una declaración por escrito indicando el retiro conforme a la cual se indique que se retira la facultad del poder legal, se consignen los asuntos y años o períodos y se mencionen el nombre, el número de identificación del contribuyente (TIN, por sus siglas en inglés) y el domicilio (si se conoce) del contribuyente. El representante tiene que firmar y fechar la declaración por escrito.

El poder legal que posea un estudiante se registrará en el sistema CAF durante 130 días a partir de la fecha de recepción. Si autoriza a que un estudiante lo represente con posterioridad a ese período, deberá enviar otro Formulario 2848(SP) actualizado.

¿Cuándo no se exige un poder legal?

No se exige un poder legal cuando el tercero en cuestión no está tratando asuntos con el IRS como su representante. No se exige un poder legal en los siguientes casos:

  • Proporcionar información al IRS.

  • Autorizar la divulgación de la información sobre la declaración de impuestos mediante el Formulario 8821, Tax Information Authorization (Autorización para recibir información tributaria), en inglés, o demás consentimientos de divulgación escritos o verbales.

  • Permitir que el IRS hable de la información sobre la declaración con un tercero a través de la casilla de verificación que se encuentre en una declaración de impuestos u otro documento.

  • Permitir que el representante de una sociedad colectiva (PR, por sus siglas en inglés) realice actos para tal sociedad conforme al régimen centralizado para la auditoría de sociedades colectivas para los años tributarios que comiencen después del 31 de diciembre de 2017. Sin embargo, consulte la precaución, a continuación, para elecciones anticipadas.

  • Permitir que un socio de asuntos tributarios (TMP, por sus siglas en inglés) realice actos para la sociedad colectiva para los años tributarios de esta entidad que terminen antes del 1 de enero de 2018.

  • Permitir que el IRS hable de la información sobre la declaración con un fiduciario.

 

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Para los años tributarios de la sociedad colectiva que comiencen después del 31 de diciembre de 2017, la Bipartisan Budget Act of 2015 (Ley de Presupuesto Bipartita de 2015), conforme a la cual se derogaron los procedimientos y las normas para la auditoría y el litigio de sociedades colectivas de la Tax Equity and Fiscal Responsibility Act of 1982 (Ley de Equidad Tributaria y Responsabilidad Fiscal o TEFRA, por sus siglas en inglés) aplicables a la elección de grandes sociedades colectivas y se reemplazaron con un nuevo régimen centralizado para la auditoría de sociedades colectivas, eliminó la figura de "socio de asuntos tributarios" y la sustituyó por "representante de la sociedad colectiva". De conformidad con la sección 301.9100-22T de los Reglamentos del Tesoro, ciertas sociedades colectivas pueden elegir que el nuevo régimen rija para las declaraciones de esas sociedades para los años tributarios que comiencen después del 2 de noviembre de 2015 y antes del 1 de enero de 2018.

¿Cómo lleno un Formulario 2848(SP)?

El siguiente ejemplo ilustra cómo completar el Formulario 2848(SP).

Ejemplo:

Se le notificó a Roberto y a Doris Morales que se están revisando sus declaraciones conjuntas de impuestos sobre el ingreso (Formularios 1040, en inglés) para los años 2014, 2015 y 2016. Estas dos personas han decidido designar a Javier Saco, agente registrado, para que los represente en este asunto y en cualquier asunto futuro que guarde relación con estas declaraciones. A Javier, que prepara declaraciones en el mismo lugar desde hace años, ya se le asignó un número en el Archivo Centralizado de Autorizaciones (CAF). Doris no quiere que Javier firme ningún acuerdo en su nombre, pero Roberto sí desea que Javier firme cualquier acuerdo. Roberto y Doris también autorizan a que Javier utilice un proveedor de servicios intermediario a los efectos de acceder a sus registros del IRS. Ellos desean recibir copias de todas las notificaciones y comunicaciones escritas que se le envíen a Javier. Esta es la primera vez que Roberto y Doris le dan poder legal a un tercero. Cada uno debe completar un Formulario 2848(SP) de la siguiente manera:

Línea 1: Información sobre el contribuyente.

Roberto y Doris deben presentar, cada uno, un Formulario 2848(SP) por separado. En dicho formulario, Roberto ingresa su nombre, domicilio y número de Seguro Social en los espacios provistos a tales fines. Doris procede del mismo modo en su formulario.

Línea 2: El (Los) representante(s).

En sus respectivos Formularios 2848(SP), Roberto y Doris ingresan el nombre y el domicilio actual del representante que eligieron, Javier Saco. Tanto Roberto como Doris desean que Javier Saco reciba avisos y comunicaciones sobre los asuntos autorizados en la línea 3. Por lo tanto, en sus respectivos Formularios 2848(SP), Roberto y Doris marcan, cada uno, la casilla en la primera columna de la línea 2. Asimismo, ingresan el número CAF, el número de identificación tributaria del preparador remunerado (PTIN), el número de teléfono y el número de fax de Javier Saco. El domicilio, el número de teléfono y el número de fax de Saco no han cambiado desde que el IRS emitió su número CAF, por lo que Roberto y Doris no marcan las casillas en la segunda columna.

Línea 3: Acciones autorizadas (asuntos tributarios).

En los Formularios 2848(SP) por separado, Roberto y Doris ingresa, cada uno, "Income tax" (Impuesto sobre el ingreso) para la descripción del asunto, "1040" para el número de formulario y "2014, 2015, and 2016" (2014, 2015 y 2016) para los años tributarios.

Línea 4: Uso específico no registrado en el Archivo Centralizado de Autorizaciones (CAF, por sus siglas en inglés).

En sus respectivos Formularios 2848(SP), Roberto y Doris no ingresan nada en esta línea porque no quieren restringir el uso de sus poderes legales a un uso específico que no esté registrado en el CAF. Refiérase a la sección Preparación del formulario: consejos útiles, anteriormente.

Línea 5: Acciones adicionales autorizadas y no autorizadas.

Doris desea firmar todo acuerdo que refleje los cambios en las obligaciones tributarias conjuntas de los impuestos sobre el ingreso de 2014, 2015 y 2016 de ella y de Roberto, por lo que escribe "Taxpayer must sign any agreement form" (El contribuyente tiene que firmar todo formulario del acuerdo) en la línea 5b de su Formulario 2848(SP). Roberto no desea restringir la facultad de Javier Saco en este respecto, por lo que deja en blanco la línea 5b de su Formulario 2848(SP). Si alguno de los dos hubiera querido, podrían haber especificado otras restricciones en la línea 5b de sus respectivos formularios. Además, tanto Doris como Roberto marcan la casilla "Acceder a mis archivos en el IRS por medio de un Proveedor Intermediario de Servicios" en la línea 5a, a los efectos de permitir que Javier acceda a sus archivos en el IRS mediante dicho proveedor.

Línea 6: Conservación/revocación de poder(es) legal(es) previo(s).

Roberto y Doris están presentando, cada uno, sus primeros poderes legales, así que no ingresan nada en esta línea. Sin embargo, si hubieran presentado poderes legales anteriores, la presentación de este poder actual revocaría los anteriores por los mismos asuntos tributarios, a menos que marquen la casilla en la línea 6 y adjunten una copia del poder legal anterior que desean que siga en vigencia.

Si Doris decide, más adelante, que puede gestionar la revisión por su cuenta, puede revocar su poder legal, aunque Roberto no lo revoque. (Consulte la sección Revocación del poder legal y retiro del representante, anteriormente, a fin de conocer las normas especiales que se aplican).

Línea 7: Firma del contribuyente.

Roberto y Doris firman y fechan, cada uno, su Formulario 2848(SP). Si un contribuyente no firma, el IRS no puede aceptar el formulario.

Parte II: Declaración del Representante.

Javier Saco tiene que completar esta parte del Formulario 2848(SP). Si no firma esta parte, el IRS no puede aceptar el formulario.

¿Qué paso sigue después de presentar un poder legal?

Se reconocerá un poder legal luego de que el IRS lo reciba y revise y determine que, en él, se dispone la información exigida. No obstante, hasta que se ingrese un poder legal en el sistema CAF, es posible que el personal del IRS no tenga conocimiento sobre la facultad de la persona que usted haya nombrado para que lo represente. Por lo tanto, durante este período provisorio, el personal del IRS puede solicitar que usted o su representante traigan una copia a toda reunión con el IRS.

Procesamiento y gestión

El modo en que se procesa o gestiona el poder legal depende de si es un documento completo o incompleto.

Documento incompleto.

Si el Formulario 2848(SP) está incompleto, el IRS intentará obtener la información que falte, comunicándose con usted o su representante por escrito o por teléfono. Por ejemplo, si falta su firma o fecha de firma, el IRS se comunicará con usted. Si falta información sobre su representante y existe información suficiente en el documento para la comunicación (como un domicilio o un número de teléfono), el IRS intentará comunicarse con su representante.

En cualquier caso, el poder legal no se considera válido hasta que se ingrese toda la información exigida en el documento. No se reconocerá a la(s) persona(s) nombrada(s) como representante(s) para el ejercicio ante el IRS en su nombre hasta que el documento esté completo y el IRS lo acepte.

Documento completo.

Si el poder legal está completo y es válido, el IRS tomará medidas para reconocer al representante. En la mayoría de los casos, esto incluye la tramitación del documento en el sistema CAF. El registro de los datos en el sistema CAF le permite al IRS enviar copias de correspondencia a los representantes autorizados y reconocer fácilmente el alcance de la facultad otorgada.

Documentos no procesados en el CAF.

Los poderes legales de uso específico no se procesan en el sistema CAF (refiérase a la sección Preparación del formulario: consejos útiles, anteriormente). Por ejemplo, un poder legal conforme al cual se otorgue la facultad por única vez o para un tema específico no se procesa en el sistema CAF. Estos documentos se guardan con los archivos de casos relacionados. En esta situación, usted debe marcar la casilla en la línea 4 del Formulario 2848(SP). En tales casos, el representante debe traer una copia del poder legal a cada reunión con el IRS.

Cómo tratar con el representante

Con posterioridad a que se presente un poder legal válido, el IRS reconocerá a su representante. Sin embargo, si, aparentemente, el representante es responsable de retrasar u obstaculizar de forma injustificada la pronta resolución de un asunto del IRS por no haber proporcionado, después de repetidas solicitudes, información no privilegiada, es posible que esta institución se comunique con usted directamente. Por ejemplo, en la mayoría de los casos en los que se reconoce un poder legal, el IRS se comunica con el representante a los fines de programar citas y proporcionarle las listas de los documentos exigidos. Sin embargo, si el representante no está disponible, no responde a las repetidas solicitudes y no proporciona los documentos exigidos (aparte de aquellos que se consideran privilegiados), es posible que el IRS pase por alto a su representante y se comunique con usted directamente.

Si un representante manifiesta la conducta descrita anteriormente, es posible que se remita el asunto a la Oficina de Responsabilidad Profesional a fin de analizar posibles medidas disciplinarias.

Avisos y otras correspondencias.

Si desea autorizar que su representante reciba copias de todos los avisos y todas las comunicaciones que el IRS le envíe a usted, debe marcar la casilla que se encuentra debajo del nombre y el domicilio del representante. Dos representantes como máximo pueden recibir copias de los avisos y las comunicaciones que envía el IRS. No marque la casilla si no desea que se envíen copias de los avisos y las comunicaciones a sus representantes.

Nota:

Los representantes no recibirán formularios, publicaciones ni demás materiales relacionados con la correspondencia.

Cómo Obtener Ayuda con los Impuestos

Si usted tiene preguntas sobre un asunto tributario; necesita ayuda para preparar su declaración de impuestos; o si desea descargar publicaciones, formularios o instrucciones gratuitamente, acceda a IRS.gov/Espanol para encontrar recursos que le pueden ayudar inmediatamente.

Cómo preparar y presentar su declaración de impuestos.

Encuentre opciones gratuitas para preparar y presentar su declaración en IRS.gov/Espanol o en su comunidad local, si reúne los requisitos.

El programa Volunteer Income Tax Assistance (Programa de Ayuda Voluntaria al Contribuyente con los Impuestos sobre los Ingresos o VITA, por sus siglas en inglés) ofrece ayuda tributaria gratuita a las personas con ingresos bajos a moderados, personas discapacitadas y personas que tienen un dominio limitado del inglés y que necesitan ayuda para preparar sus propias declaraciones de impuestos. El programa Tax Counseling for the Elderly (Programa de Asesoramiento para las Personas de Edad Avanzada o TCE, por sus siglas en inglés) ofrece ayuda tributaria gratuita a todos los contribuyentes, especialmente aquéllos quienes tienen 60 años de edad o más con sus declaraciones de impuestos. Los voluntarios del programa TCE se especializan en contestar preguntas sobre pensiones y asuntos específicos relacionados con la jubilación, particularmente para personas de edad avanzada.

Acceda a IRS.gov/Espanol para ver las opciones disponibles para preparar y presentar su declaración:

 

  • Presentación Free File. Acceda a IRS.gov/FreeFile y pulse sobre Español para saber si reúne los requisitos para utilizar gratis programas (software) comerciales para preparar y presentar electrónicamente su declaración de impuestos federales.

  • VITA. Acceda a IRS.gov/VITA y pulse sobre Español, descargue la aplicación gratuita IRS2Go o llame al 800-906-9887 para saber cuál es el local de asistencia VITA más cercano a usted en donde puede obtener ayuda gratuita con la preparación de su declaración de impuestos.

  • TCE. Acceda a IRS.gov/TCE y pulse sobre Español, descargue la aplicación gratuita IRS2Go o llame al 888-227-7669 para saber cuál es el local de asistencia TCE más cercano a usted en donde puede obtener ayuda gratuita con la preparación de su declaración de impuestos.

 

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Cómo recibir respuestas a sus preguntas sobre los impuestos. En IRS.gov/Espanol, puede obtener respuestas a sus preguntas sobre los impuestos en cualquier momento y en cualquier lugar.

  • Acceda a IRS.gov/Ayuda para ver una variedad de recursos que le ayudarán a recibir respuestas a las preguntas más comunes sobre los impuestos.

  • Acceda a IRS.gov/ITA y pulse sobre Español para utilizar el Asistente Tributario Interactivo, un recurso que le realizará una serie de preguntas sobre diferentes temas relacionados con los impuestos y le ofrecerá respuestas. Puede imprimir la entrevista en su totalidad y la respuesta final para sus archivos. La información tributaria sólo está disponible en inglés.

  • Acceda a IRS.gov/Pub17SP para obtener la Publicación 17(SP), El Impuesto Federal sobre los Ingresos para Personas Físicas, en la que se presentan los detalles sobre las oportunidades de ahorro de impuestos, los cambios a los impuestos para el año actual y miles de enlaces interactivos para que encuentre las respuestas a sus preguntas. Léala en línea en formato HTML, como un archivo PDF o descárguela en su dispositivo móvil, como un libro electrónico.

  • Además, puede acceder a la información sobre la legislación tributaria mediante su software de presentación electrónica.

 

Cómo obtener formularios y publicaciones de impuestos.

Acceda a IRS.gov/Forms, en inglés, para descargar, ver o imprimir todos los formularios, instrucciones y publicaciones que pueda necesitar. De otro modo, puede descargar y ver publicaciones e instrucciones tributarias de mucho interés (incluidas las Instrucciones para los Formularios 1040 y 1040-SR, en inglés) en formato de libro electrónico (eBook) por medio de sus dispositivos móviles sin costo alguno. O, puede acceder a IRS.gov/OrderForms, en inglés, para hacer un pedido y recibir por correo los formularios, instrucciones y publicaciones que necesite. Su pedido le será enviado dentro de diez (10) días laborables después de que recibamos su pedido.

Acceda a su cuenta en línea (sólo para contribuyentes que sean personas físicas).

Acceda a IRS.gov/Account y pulse sobre Español para ver información acerca de su cuenta de impuestos federales de manera segura.

  • Vea la cantidad que adeuda, pague por Internet o solicite un acuerdo de pagos por Internet.

  • Acceda a sus archivos tributarios por Internet.

  • Repase su historial de pagos de los últimos 24 meses.

  • Acceda a IRS.gov/SecureAccess y pulse sobre Español para averiguar los requisitos del proceso de verificación de identidad.

 

Uso del depósito directo.

La manera más rápida para recibir un reembolso de los impuestos es combinar la presentación electrónica (e-file) con un depósito directo de su reembolso. Al utilizar el depósito directo, su reembolso se transfiere de manera electrónica y segura directamente a su cuenta bancaria. Ocho de cada 10 contribuyentes usan el depósito directo para recibir sus reembolsos. El IRS emite la mayoría de los reembolsos en menos de 21 días.

Demora en la emisión del reembolso para las declaraciones en donde se reclaman ciertos créditos.

Debido a cambios en la legislación, el IRS no puede emitir reembolsos con anterioridad a mediados de febrero del año para las declaraciones en donde se reclamó adecuadamente el crédito por ingreso del trabajo (EIC, por sus siglas en inglés) o el crédito tributario adicional por hijos (ACTC, por sus siglas en inglés). Esta demora corresponde al reembolso en su totalidad, no solo a la parte asociada con estos créditos.

Cómo obtener un trasunto (transcripción) o copia de la declaración.

La manera más rápida para obtener un trasunto (transcripción) de su declaración de impuestos es accediendo a IRS.gov/Transcripts y pulsando sobre Español. Luego, pulse sobre Obtenga una transcripción en línea u Obtenga una transcripción por correo para pedir una copia de su trasunto (transcripción). Si prefiere, puede:

  • Pedir su transcripción llamando al 800-908-9946.

  • Enviar el Formulario 4506-T (en inglés) o el Formulario 4506T-EZ (SP) (ambos disponibles en IRS.gov).

 

Cómo utilizar los recursos disponibles en línea para ayudarle a preparar su declaración.

Acceda a IRS.gov/Tools, en inglés, para utilizar las siguientes opciones:

 

Cómo resolver los asuntos tributarios relacionados con el robo de identidad.

 

  • El IRS no inicia comunicaciones con los contribuyentes por medio de correo electrónico ni por teléfono para pedirles información personal ni financiera. Esto incluye todo tipo de comunicación electrónica, tal como mensajes de texto o a través de las redes sociales.

  • Acceda a IRS.gov/IDProtection y pulse sobre Español para obtener información y videos.

  • Si ha perdido o si le han robado su SSN o si sospecha que es víctima de robo de identidad relacionado con los impuestos, acceda a IRS.gov/IdentityTheft y pulse sobre Español para saber qué pasos debe tomar.

 

Cómo verificar el estado de su reembolso.

 

  • Acceda a IRS.gov/Reembolsos.

  • Debido a los cambios en la ley, el IRS no puede emitir reembolsos antes de mediados de febrero del año en curso para las declaraciones de impuestos en las cuales se reclamó apropiadamente el crédito por ingreso del trabajo (EIC, por sus siglas en inglés) o el crédito tributario adicional por hijos (ACTC, por sus siglas en inglés). Esta restricción corresponde al reembolso completo, no sólo a la porción relacionada con estos créditos.

  • Descargue la aplicación oficial IRS2Go a su dispositivo móvil gratuitamente y úsela para verificar el estado de su reembolso.

  • Llame a la línea directa automatizada de reembolsos, al 800-829-1954.

 

Cómo efectuar un pago de impuestos.

El IRS utiliza la tecnología más avanzada de codificación para asegurar que sus pagos electrónicos sean seguros y confiables. Usted puede efectuar pagos electrónicos en línea, por teléfono y a través de un dispositivo móvil utilizando la aplicación IRS2Go. Efectuar pagos electrónicamente es rápido, fácil y éstos se tramitan mucho más rápido que enviar un cheque o giro por correo. Acceda a IRS.gov/Pagos para efectuar un pago usando cualquiera de las siguientes opciones:

  • IRS Direct Pay (IRS Pago directo), disponible en español: Las personas físicas pueden pagar sus cuentas tributarias o hacer pagos de impuestos estimados directamente de sus cuentas corrientes o de ahorros. El uso del IRS Direct Pay es gratuito; no tendrá que pagar cargos por su uso.

  • Tarjeta de débito o crédito: Escoja un tramitador aprobado para pagar en línea, por teléfono y por dispositivo móvil.

  • Retiro electrónico de fondos: Se ofrece sólo cuando presente su declaración de impuestos federal utilizando un programa (software) para la preparación de declaraciones de impuestos o por medio de un preparador profesional de declaraciones de impuestos.

  • Sistema de pago electrónico del impuesto federal: La mejor opción para negocios. Requiere inscripción en dicho sistema.

  • Cheque o giro: Envíe su pago a la dirección indicada en el aviso o carta que le enviaron o en las instrucciones del formulario de impuestos que presentó.

  • Efectivo: Puede pagar en efectivo sus impuestos en un negocio participante.

 

¿Qué ocurre si no puedo pagar ahora?

Acceda a IRS.gov/Pagos para ver información sobre las siguientes opciones:

  • Solicite un acuerdo de pagos por Internet (IRS.gov/OPA y pulse sobre Español) para cumplir con su obligación tributaria en plazos mensuales si no puede pagar la totalidad de sus impuestos adeudados en el momento. Una vez complete el proceso a través de Internet, recibirá un aviso inmediatamente si su acuerdo se ha aprobado.

  • Use el Offer in Compromise Pre-Qualifier (Precalificador para un ofrecimiento de transacción), disponible en inglés, (acceda a IRS.gov/OIC y pulse sobre Español) para ver si puede liquidar su deuda tributaria por una cantidad menor a la cantidad que usted adeuda.

 

Cómo se verifica el estado de una declaración enmendada.

Acceda a IRS.gov/WMAR y pulse sobre Español para averiguar el estado de su declaración enmendada (Formulario 1040-X). Puede tardarse hasta tres semanas a partir de la fecha en que presentó su declaración enmendada para ser registrada en nuestro sistema y hasta 16 semanas para tramitarla.

Información para entender un aviso o carta del IRS.

Acceda a IRS.gov/Notices y pulse sobre Español para obtener información adicional sobre cómo responder a un aviso o carta que recibió de parte del IRS.

Cómo comunicarse con la oficina local del IRS.

Tenga en cuenta que puede obtener respuestas a muchas preguntas en IRS.gov/Espanol sin tener que ir a un Centro de Ayuda al Contribuyente (TAC, por sus siglas en inglés). Acceda a IRS.gov/Ayuda para ver información relacionada con temas sobre los cuales la mayoría de las personas tienen preguntas. Si todavía necesita ayuda, los TAC del IRS proveen ayuda cuando un asunto relacionado con los impuestos no puede ser tramitado en Internet o por teléfono. Todos los TAC ahora proveen servicios con cita previa, así usted sabrá de antemano que podrá recibir los servicios que necesita sin largos tiempos de espera. Para encontrar el TAC más cercano a usted, sus horas de operación, los servicios que ofrece y las opciones para hacer citas previo a su visita, acceda a IRS.gov/es/Help/Contact-Your-Local-IRS-Office, en español, y luego pulse sobre Encuentre un Centro de Asistencia de TAC. O, en la aplicación IRS2Go, escoja la opción Comuníquese Con Nosotros que se encuentra bajo la pestaña Conectarse y luego pulse sobre Oficinas Locales.

Cómo ver videos del IRS.

El portal de videos del IRS en IRSVideos.gov/Espanol contiene presentaciones en video y en audio sobre temas de interés para personas físicas, pequeños negocios y preparadores de impuestos.

Cómo obtener información tributaria en otros idiomas.

Para aquellos contribuyentes cuya lengua materna no es el inglés, tenemos los siguientes recursos disponibles. Los contribuyentes pueden conseguir información en IRS.gov en los siguientes idiomas:

 

Los Centros de Ayuda al Contribuyente (TAC, por sus siglas en inglés) proveen servicio de intérprete a través del teléfono en más de 170 idiomas. Este servicio es gratis para los contribuyentes.

El Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS) Está Aquí para Ayudarlo

¿Qué es el Servicio del Defensor del Contribuyente?

El Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS, por sus siglas en inglés) es una organización independiente dentro del IRS que ayuda a los contribuyentes y protege sus derechos como contribuyente. El deber de TAS es asegurar que a cada contribuyente se le trate de forma justa, y que usted conozca y entienda sus derechos conforme a la Carta de Derechos del Contribuyente.

Qué puede hacer TAS por usted?

TAS le puede ayudar a resolver problemas que no ha podido resolver usted mismo con el IRS. Además, su servicio es gratis. Si usted reúne los requisitos para recibir la ayuda de TAS, se le asignará un defensor quien trabajará con usted durante todo el proceso y hará todo lo posible para resolver su asunto. TAS le puede ayudar si:

  • Su problema le causa problemas financieros a usted, a su familia o a su negocio;

  • Usted (o su negocio) está enfrentando la amenaza de acción adversa inmediata; o

  • Usted ha intentado comunicarse con el IRS en múltiples ocasiones, pero nadie le ha respondido, o el IRS no le ha respondido para la fecha prometida.

 

¿Cómo se puede comunicar con TAS?

TAS tiene oficinas en cada estado, el Distrito de Columbia y Puerto Rico. El número telefónico de su defensor local se encuentra en su guía telefónica local y también en la página IRS.gov/es/Advocate/Local-Taxpayer-Advocate, en español, o TaxpayerAdvocate.IRS.gov/Contact-Us, disponible en inglés. Ésta última tiene información adicional en inglés que le puede ser de interés. También, puede llamar al 877-777-4778.

¿Cómo puede aprender sobre sus derechos como contribuyente?

La Carta de Derechos del Contribuyente describe diez derechos básicos que todos los contribuyentes tienen al tratar con el IRS. Los recursos de TAS, disponibles en inglés en TaxpayerAdvocate.IRS.gov, le pueden ayudar a entender lo que estos derechos significan para usted y cómo aplican a su situación. Éstos son sus derechos. Conózcalos; utilícelos.

¿De qué otra manera ayuda el Servicio del Defensor del Contribuyente a los contribuyentes?

TAS se ocupa de resolver problemas de gran escala que afectan a muchos contribuyentes. Si usted conoce alguno de estos asuntos, favor de informarle a TAS en la página IRS.gov/SAMS.

Talleres para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC)

Los Talleres ("Clínicas") para Contribuyentes de Bajos lngresos (LITC, por sus siglas en inglés) son independientes del IRS. Los LITC representan a las personas cuyos ingresos estén por debajo de cierto nivel y que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS, tales como auditorías, apelaciones y problemas asociados con el cobro de impuestos. Además, estos talleres pueden proveer información sobre los derechos y responsabilidades del contribuyente en diferentes idiomas para aquellas personas que hablan inglés como segundo idioma. Los servicios se ofrecen de manera gratuita o a bajo costo. Para localizar un taller cerca de usted, acceda a TaxpayerAdvocate.IRS.gov/about/litc, en inglés, o vea la Publicación 4134(SP), Lista de las Clínicas para Contribuyentes de Bajos lngresos PDF, en español.

Publicación 947(SP) - Material Adicional

Glosario

Agente registrado:

Toda persona que tenga licencia conforme a las disposiciones de la Circular 230, en inglés, del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos para ejercer ante el IRS.

Apoderado:

Agente con autorización de una persona conforme a un poder legal para realizar ciertos tipos de actos en nombre de dicha persona.

Asunto tributario federal:

Todo asunto que guarde relación con la aplicación o la interpretación de: (1) una disposición tributaria conforme a lo estipulado en la sección 6110(i)(1)(B) del Código de Impuestos Internos; (2) toda disposición de ley que afecten las obligaciones de una persona en virtud de las leyes y reglamentos de los impuestos internos, lo que incluye, entre otros, la obligación de la persona de pagar impuestos o de presentar declaraciones; o (3) toda otra ley o reglamento que administre el IRS.

Comisionado:

El Comisionado del Servicio de Impuestos Internos.

Fiduciario:

Todo fideicomisario, albacea, administrador, síndico o tutor que se encuentre en la posición de contribuyente y actúe en calidad de tal y no como representante.

Funcionario o empleado del gobierno:

Una persona física que es funcionario o empleado de la rama ejecutiva, legislativa o judicial de un estado o del gobierno de los Estados Unidos, funcionario o empleado del Distrito de Columbia, o miembro del Congreso.

Número en el Archivo Centralizado de Autorizaciones (CAF, por sus siglas en inglés):

Un número que emite el IRS a cada representante cuyo poder legal se haya registrado en el sistema CAF y para cada designado cuya autorización para recibir información tributaria se haya registrado en dicho sistema.

Oficina de Responsabilidad Profesional:

Esta oficina es por lo general, responsable de los asuntos que guarden relación con la conducta del profesional en ejercicio y es responsable exclusivo de la disciplina, lo que incluye la aplicación de procedimientos disciplinares, las sanciones y las reincorporaciones. La Oficina del Preparador de Declaraciones es responsable de los asuntos que se vinculen con la emisión de los números de identificación tributaria del preparador remunerado (PTIN, por sus siglas en inglés), procesa solicitudes de registro y administra las pruebas de aptitud y la educación continua para grupos designados.

Persona conforme a la Circular 230:

Por lo general, corresponde a un abogado, CPA, agente registrado, agente registrado de planes de jubilación, titular del Registro de Cumplimiento del Programa Anual de Temporada de Tributaria, tasador o actuario registrado con autorización para ejercer ante el IRS. Otras personas pueden calificar para ejercer de forma provisoria o limitada ante el IRS. Sin embargo, no se les conoce como profesionales en ejercicio.

Poder legal duradero:

Un poder legal que no está sujeto a un límite de tiempo y que continuará vigente con posterioridad a la incapacidad o incompetencia del mandante (el contribuyente).

Poder legal general:

Un poder legal en donde se autoriza al apoderado a realizar todo acto que el contribuyente pueda realizar.

Poder legal limitado:

Un poder legal en el cual se limita al apoderado a realizar únicamente determinados actos.

Preparador de declaraciones no registrado:

Una persona que no es un abogado, CPA, agente registrado, agente registrado de planes de jubilación ni actuario registrado y que, a los fines de la remuneración, prepara y firma la declaración de un contribuyente en calidad de preparador o que prepara una declaración, pero no se ve obligado (conforme a las instrucciones de la declaración o reglamentos) a firmarla. Algunos preparadores de declaraciones no registrados pueden ser titulares de los Registros de Cumplimiento del Programa Anual de la Temporada Tributaria. Al 31 de diciembre de 2015, únicamente dichos titulares tienen la autorización de representar a los contribuyentes con declaraciones que se hayan preparado y firmado con posterioridad a esa fecha.

Profesional (en ejercicio):

Un abogado, CPA, agente registrado, actuario registrado, agente registrado de planes de jubilación o participante del Programa Anual de la Temporada Tributaria.

Programa Anual de la Temporada Tributaria (AFSP, por sus siglas en inglés):

El Programa Anual de la Temporada Tributaria es un programa voluntario en virtud del cual se conceden derechos de ejercicio limitados a los preparadores de declaraciones que no sean abogados, contadores públicos autorizados ni agentes registrados. Para más detalles, refiérase a la sección Programa Anual de la Temporada Tributaria y directorio de preparadores de declaraciones de impuestos federales, anteriormente, o visite IRS.gov/Tax-Professionals/Annual-Filing-Season-Program, en inglés, para obtener más información.

Registro de cumplimiento del Programa Anual de la Temporada Tributaria:

El registro que emite el IRS para los preparadores de declaraciones de impuestos que obtengan una cierta cantidad de horas de educación continua a los fines de prepararse para un año tributario en particular. Consulte la sección Programa Anual de la Temporada Tributaria y directorio de preparadores de declaraciones de impuestos federales, anteriormente, para obtener más información.

Representante reconocido:

Una persona a quien se reconoce como representante de un contribuyente ante el IRS.

Sistema de Archivo Centralizado de Autorizaciones (CAF, por sus siglas en inglés):

El sistema informático para las presentaciones donde figura la información sobre la facultad de las personas que se designen de conformidad con los poderes legales o aquellas que se designen en virtud del sistema de autorización para la divulgación de la información tributaria. Este sistema brinda al personal del IRS un acceso más rápido a la información de autorización.

Índice

Símbolos

¿Dónde se presenta?, ¿Dónde presentar un poder legal?

A

Abogados, Abogados., Glosario
Actuarios, Glosario
Actuarios registrados, Actuarios registrados.
Agente registrado, Agentes registrados., ¿Cómo se registra una persona?, Glosario
Agente registrado de planes de jubilación, Agentes registrados de planes de jubilación.
Apoderado, Glosario
Archivo Centralizado de Autorizaciones (CAF), Glosario
Asistencia (ver Ayuda tributaria)
Asociaciones, Sociedades anónimas, asociaciones, sociedades colectivas y otras personas que no sean personas físicas.
Asunto tribuario federal, Glosario
Autorización de un representante, Autorización De un Representante
Ayuda tributaria, Cómo Obtener Ayuda con los Impuestos

C

CAF (ver Archivo Centralizado de Autorizaciones (CAF))
Carta de autorización, Autorización para comparecencias especiales
Comisionado, Glosario
Comparecencias especiales, Autorización para comparecencias especiales
Comunicación protegida
Refugios tributarios, Comunicaciones sobre los refugios tributarios para las sociedades.
Condición de jubilación inactiva, Condición de jubilación inactiva.
Conducta de mala reputación, Incompetencia y conducta de mala reputación
Contadores públicos autorizados (CPA), Contadores públicos autorizados (CPA)., Glosario
Copias por FAX, Copias por FAX.
CPA (ver Contadores públicos autorizados (CPA))

D

Designaciones de representantes, Qué Hay de Nuevo

F

Fiduciario, Glosario
Formulario 2848(SP), Formulario exigido, Preparación del formulario: consejos útiles, ¿Cómo lleno un Formulario 2848(SP)?
Funcionario o empleado del gobierno, Glosario

L

Lista de inactivos, Lista de inactivos.

N

Negociación de cheques de reembolso de contribuyentes, Negociación de cheques de reembolso de contribuyentes.
Normas para el ejercicio, ¿Cuáles son las normas para el ejercicio?
Deberes, Deberes y restricciones
Deber de informar, Deber de informar.
Diligencia debida general, Diligencia debida general.
Número CAF , Autorización para comparecencias especiales
Número en el Archivo Centralizado de Autorizaciones (CAF), Glosario

O

Oficina de Responsabilidad Profesional, Glosario

P

Pérdida de elegibilidad, Pérdida de elegibilidad
Incumplimiento de los requisitos, Incumplimiento de los requisitos.
Persona conforme a la Circular 230, Glosario
Personas no registradas, Otras personas que pueden desempeñarse en calidad de representantes.
Empleado, Otras personas que pueden desempeñarse en calidad de representantes.
Fiduciario, Otras personas que pueden desempeñarse en calidad de representantes.
Funcionario, Otras personas que pueden desempeñarse en calidad de representantes.
Miembro de la familia, Otras personas que pueden desempeñarse en calidad de representantes.
Persona, Otras personas que pueden desempeñarse en calidad de representantes.
Socio, Otras personas que pueden desempeñarse en calidad de representantes.
Poder legal, ¿Qué es un poder legal?, ¿Cuándo se exige un poder legal?, ¿Dónde presentar un poder legal?, ¿Cuándo no se exige un poder legal?, ¿Qué paso sigue después de presentar un poder legal?
Procesamiento y gestión, Procesamiento y gestión
Representante, Cómo tratar con el representante
Poder legal duradero, Glosario
Poder legal general, Glosario
Poder legal limitado, Glosario
Poderes legales no pertenecientes al IRS , Poderes legales no pertenecientes al IRS.
Preparador de declaraciones no registrado, Preparadores de declaraciones no registrados., Glosario
Procesamiento de poderes legales no pertenecientes al IRS , Procesamiento de poderes legales no pertenecientes al IRS.
Profesional (en ejercicio), Glosario
Programa Anual de la Temporada Tributaria (AFSP), Glosario
Proveedores intermediarios de servicios, Qué Hay de Nuevo
Publicaciones (ver Ayuda tributaria)

R

Registro de cumplimiento del Programa Anual de la Temporada Tributaria, Glosario
Representación fuera de los Estados Unidos, Representación fuera de los Estados Unidos
Representante reconocido, Glosario
Representantes de sociedad colectiva, Qué Hay de Nuevo
Rescisión, Invalidez o incompetencia.
Robo de identidad, Cómo resolver los asuntos tributarios relacionados con el robo de identidad.

T

Tasadores, Tasadores.